De acuerdo con la Ley de impuesto sobre la Renta (LISR), las personas físicas pueden deducir los Seguros de Gastos Médicos y Salud, los Planes Personales de Retiro o las Aportaciones Voluntarias, Cuentas Especiales para el Ahorro así como Seguros que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro; en el caso de las personas morales, estos beneficios fiscales aplican en los Seguros de Gastos Médicos y de Vida que otorgan a sus empleados, afirma la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).
Seguros ofrecen beneficios fiscales a sus usuarios
