En sesión de 30 de noviembre del año en curso, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por unanimidad de cinco votos, determinó la inconstitucionalidad de los artículos 6, 39, 40, 41, 131 y 135, fracciones I y II, de la Ley del ISSSTE, al determinar que su redacción es discriminatoria e impide que parejas del mismo género puedan afiliarse como beneficiarios en dicho Instituto, lo cual vulnera el principio de igualdad y no discriminación y el derecho a la seguridad social establecidos en los artículos 1° y 123 de la Constitución Federal.
SCJN a favor del derecho de las parejas homosexuales a la seguridad social
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