La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con respeto a la división de poderes y en ejercicio del derecho a la manifestación de ideas, expresa a la opinión pública su posición respecto a la resolución emitida este miércoles por el Pleno de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el amparo en revisión 928/2019 promovido por miembros del pueblo indígena maseual o nahua, asentado en la sierra norte del Estado de Puebla contra los artículos 6, primer párrafo, 7, fracción VI, 10, primer párrafo, 13, párrafos primero y tercero, 13 bis, 15 y 19, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII, de la Ley Minera.