Las reformas al Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley General de Salud, señala que las sanciones también serán aplicables a quien introduzca al país bebidas adulteradas.
En tribuna, el diputado Arturo Zamora expuso que la reforma, avalada con 339 votos a favor, 16 en contra y 5 abstenciones y turnada al Senado, considera como delito grave esta práctica y la sanciona con uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente.
Lo anterior, a quien por sí mismo o a través de otro expenda, venda o de cualquier forma distribuya bebidas alcohólicas adulteradas, contaminadas o alteradas, así como la introducción ilegal de las mismas al país.
El legislador del PRI por Jalisco y promotor de la reforma expuso que la producción y comercialización de bebidas alcohólicas adulteradas ha dejado una contracción del 30 por ciento en los establecimientos y la pérdida de seis mil empleos directos y 120 mil indirectos.
En tanto, el diputado priista, Humberto Benítez Treviño, dijo que de acuerdo con datos de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), entre 45 y 50 por ciento de las bebidas que se consumen en el país son adulteradas o falsificadas.
A su vez, el presidente de la Comisión de Salud, Antonio Osuna Millán, del grupo parlamentario del PAN, afirmó que cada seis de cada 10 bebidas son adulteradas y tan sólo en el Distrito Federal hay dos mil 200 establecimientos que venden licor adulterado.