Este beneficio es para propietarios o poseedores de los inmuebles cuyo valor catastral se encuentre en los rangos de la tarifa prevista en la fracción I del artículo 130 del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Menciona que no procederán dichos apoyos cuando los contribuyentes cuenten con denuncias o querellas presentadas por la autoridad fiscal a que hace referencia el Título Cuarto del Libro Cuarto del Código Fiscal de la Ciudad de México.
En el documento publicado en la Gaceta Oficial destaca que los beneficios surtirán efecto hasta el 28 de febrero próximo, el cual inició el primer día de ese mes.