La decisión del tribunal se produce tras examinar los casos de tres hombres -de Sierra Leona, Uganda y Senegal- que solicitaron el estatus de refugiados en Holanda alegando "temores fundados" de que podrían ser perseguidos por su orientación sexual.
En un principio, el Ministerio de Inmigración holandés rechazó la solicitud y, en una segunda instancia, sugirió a los afectados que mostraran "discreción" para evitar ser perseguidos. Más tarde, el Consejo de Estado holandés se dirigió a la corte europea en busca de ayuda para interpretar la legislación comunitaria.
"La orientación sexual de una persona es una característica tan fundamental de su identidad que no debe forzársele a renunciar a ella", señaló hoy el tribunal de Luxemburgo.
No obstante, la persecución "debe ser lo suficientemente grave" en su naturaleza o por su repetición. Sí se considerará para aprobación de asilo la existencia de leyes en el país de origen que contemplen penas de prisión para homosexuales, "siempre que se demuestre que se aplican".