Nuevas normas para reforzar el control de cosméticos en la UE

Se creará un registro europeo de fabricantes, lo que facilitará la identificación de los productores que pongan productos en el mercado y su seguimiento. La nueva normativa aumenta las exigencias de seguridad a los productores.

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Unión Europea.

Los productos cosméticos comercializados en la Unión Europea (UE) tendrán que cumplir normas de seguridad más estrictas, según un nuevo reglamento adoptado formalmente por los Veintisiete, que revisa y simplifica las directivas existentes para este tipo de bienes.

La nueva normativa aumenta las exigencias de seguridad a los productores, que deberán ofrecer información más detallada sobre la composición de los cosméticos, y al mismo tiempo pretende agilizar los trámites para la distribución de estos productos en la UE a través de la unificación de las normas europeas.

El reglamento, que agrupa a las 55 directivas ya existentes para este tipo de productos, ha sido aprobado formalmente en el Consejo de Ministros de la UE, tras ser previamente consensuado por los Veintisiete y recibir el visto bueno en primera lectura del Parlamento Europeo (PE).

El nuevo texto constituye un código europeo común sobre los productos cosméticos, que reducirá la incertidumbre causada por la diferente aplicación de las diversas directivas en los estados miembros, según explicó un experto comunitario.

Entre otros puntos, destaca la obligación de exigir un control específico sobre aquellos productos que la Comisión Europea (CE) sospeche que pueden contener materiales insolubles o biopersistentes (nanomateriales), empleados sobre todo en los protectores solares o los productos capilares.

Todos aquellos nanomateriales que sean utilizados como colorantes, conservantes y filtros ultravioletas deberán aparecer en la lista de ingredientes.

El reglamento prohíbe el uso de sustancias clasificadas como cancerígenas o tóxicas para la función reproductora, salvo en casos excepcionales y bajo condiciones estrictas.

Además se creará un registro europeo de fabricantes, lo que facilitará la identificación de los productores que pongan productos en el mercado y su seguimiento, según la fuente.

Los Veintisiete tendrán un plazo de cuatro años para aplicar las nuevas disposiciones, aunque aquellas relativas a los nanomateriales y a las sustancias peligrosas para la salud deberán aplicarse antes.

En cuanto al ensayo con animales, la nueva normativa no modifica los plazos que estaban previstos para la prohibición total de los experimentos, una restricción que se ha empezado a aplicar este año y culminará en 2013.

Los cosméticos contemplados por la normativa son los productos de maquillaje, perfumes, productos para la depilación y el afeitado, desodorantes, máscaras faciales y pintalabios.

También se incluyen los jabones, preparados para el baño y la ducha (sales, espumas, aceites y geles), los productos para el cabello (lociones, polvos, champús, cremas, lacas y tintes), las cremas y emulsiones para la piel y la pasta de dientes.