Tribunal ratifica inexistencia de actos anticipados de López Obrador

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad, la sentencia que declara la inexistencia de actos anticipados de campaña atribuidos a Andrés Manuel López Obrador, Radio AMLO y Morena.

En sesión pública, el pleno de la Sala Superior del órgano jurisdiccional confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada, emitida en el procedimiento especial sancionador SRE-SPS-53/2018.

Mediante la misma se declararon inexistentes los presuntos actos anticipados de campaña atribuidos al candidato presidencial, Radio AMLO y Morena, derivado de su participación en un evento que se desarrollaría en el extranjero.

La Sala Especializada concluyó que, en el caso, no se acreditó el elemento subjetivo para que se actualicen actos anticipados de campaña.

Lo anterior, ya que el mensaje controvertido no contiene manifestaciones explícitas, unívocas e inequívocas de apoyo o rechazo y/o un llamamiento directo al voto en favor o en contra de alguna opción política y que incida en la equidad dentro del actual proceso electoral federal.

Al resolver el SUP-REP-67/2018, promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), la Sala Superior consideró infundados e inoperantes los motivos de agravio relacionados con la vulneración al principio de exhaustividad, debido a que la responsable sí cumplió ese principio al emitir su sentencia.

Los magistrados consideraron que la autoridad responsable determinó, conforme a derecho, que el contenido del cartel en estudio no se puede considerar proselitista, por lo que no se estaba posicionando expresamente a una persona como oferta electoral.

Asimismo, el pleno señaló que la responsable realizó un estudio completo y llevó a cabo las actuaciones correspondientes para determinar conforme a Derecho la inexistencia de infracciones a la normativa electoral.

Al resultar infundados e inoperantes los conceptos de agravio formulados por el recurrente, el TEPJF confirmó la sentencia impugnada.

Fuente: Notimex