Ley para rescatar a trabajadores 12 mmdp en fondos del Infonavit

El Senador del PRI, Fernando Castro Trenti, comentó que administradoras de afores como Bancomer, ING y Siglo XXI, desaniman a los ex trabajadores para que no ejerzan su derecho a reclamar esos recursos, más de 12 mil millones de pesos.

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El Senador del PRI, Fernando Castro Trenti.

El Senador del PRI, Fernando Castro Trenti, presentó una iniciativa para que los trabajadores que por alguna razón no aplicaron todas sus aportaciones en la adquisición de una vivienda por medio del Infonavit, puedan rescatar en una sola exhibición los recursos que tienen en ese fondo, si así lo desean. De igual manera el trabajador podría recibir las subsecuentes aportaciones patronales, en lugar de destinarse al fondo para su retiro.

El legislador por Baja California comentó que hay denuncias en el sentido de que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) se rehúsa a devolver los recursos de la subcuenta de vivienda de los trabajadores que ya no fueron utilizados, incluso se habla que esta cantidad llega a más de 12 mil millones de pesos.

De igual forma, con cifras de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el retiro, al mes de septiembre del presente año, los recursos de la subcuenta de vivienda en el SAR, alcanzó el importe de 552,738 millones de pesos, un crecimiento de 32.8% respecto al mismo mes del 2008, sin embargo se desconoce el destino que se les da a los mismos.

Castro Trenti señaló que el Infonavit por medio de diversos medios legales, como el Juicio de Amparo, evita cumplir con la obligación de entregar los recursos de la subcuenta de vivienda de los trabajadores y los retiene argumentando que esos ingresos corresponden a un “ahorro virtual” que físicamente no existen o incluso que no hay un ordenamiento legal que los obligue a hacerlo.

Sin embargo, el senador puntualizó que después que el trabador adquirió su casa y terminó de pagarla, el patrón sigue dando las aportaciones para la vivienda y de acuerdo con el artículo 40 de la Ley del Infonavit, los fondos de dicha subcuenta que no fueron utilizados, “serán transferidos a las administradoras de fondos para el retiro o su entrega al trabajador, si este lo solicita”. Por lo que existe legalmente el derecho de los trabajadores a estos recursos.

Por otra parte apuntó  que desafortunadamente el derecho que tienen los trabajadores a esta subcuenta, prescribe a favor del Infonavit después de 10 años de que son exigibles, de acuerdo con el artículo 30 de este instituto.

Con respecto al pago de pensiones y a la trasferencia a la subcuenta de fondo para el retiro, esta se realiza de forma directa, ya sea para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para financiar la pensión o para la Afore elegida por el trabajador.

En este orden de ideas señaló que incluso administradoras de afores como Bancomer, ING y Siglo XXI, contribuyen a desanimar a los ex trabajadores para que no ejerzan su derecho a reclamar esos recursos e incluso les sugieren darlos por perdidos.

Y es que de acuerdo con la propuesta, los trabajadores tienen tres diferentes períodos de aportaciones al Infonavit que puede reclamar y son: el Fondo de Ahorro 1972-1992, los recursos del SAR-Infonavit 1992-1997; y las aportaciones realizadas a partir de julio de 1997 a la fecha. Esta última es la que presenta mayores complicaciones, por el artículo octavo transitorio de la Ley de Infonavit que entro en vigor.

La iniciativa establece que la Segunda Sala de la SCJN determinó en febrero de este año que el artículo octavo transitorio del Decreto por el que se reforma la Ley del Infonavit en 1997, es inconstitucional, aunque contradictoriamente en octubre pasado se manifestó en sentido contrario.

De aprobarse las modificaciones a los artículos 40 y Octavo Transitorio de la Ley del Infonavit se garantizaría eficazmente el derecho constitucional que permite a los trabajadores recuperar las cantidades que destinaron para la adquisición de una vivienda.

Fernando Castro Trenti sentenció que “el objetivo de la subcuenta de vivienda es facilitar la adquisición de una casa y no la de financiar pensiones. Además es innegable que los trabajadores son los legítimos propietarios de esos recursos”.