La isla, que tiene una superficie de 91 mil 803 metros cuadrados era reclamada por el también empresario, que exhibió una escritura pública que lo acreditaba como dueño de la misma, propiedad que se encuentra en una zona de reserva ecológica.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a Gastón Alegre y confirmó sentencias emitidas por tribunales federales en las que se determinó que la isla es propiedad de la nación.
Las secretarías de Gobernación, Medio Ambiente, de la Función Pública y la Procuraduría General de la República (PGR) impugnaron el título de propiedad expedido a favor del ex funcionario, el que fue declarado nulo por los tribunales de Circuito.
La Sala expuso que el decreto del 24 de noviembre de 1902 acerca de la delimitación de Quintana Roo, precisa que se encuentra referida de forma estricta al terreno continental.
Detalló que no abarca los zócalos submarinos de las islas, de los cayos, arrecifes y demás territorio son propiedad de la federación, en concordancia con el artículo 48 de la Constitución.