“Apagón analógico” no debería depender de consideraciones legales

La migración de la televisión analógica a la digital conlleva un beneficio social cuyo avance no debería depender de consideraciones legales, pues ello representa un retraso significativo con respecto a otros países.

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Mony de Swaan.

El presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), Mony de Swaan Addati, expuso lo anterior y consideró que hay un beneficio social aparejado con la transición, cuyo avance no debería depender de la revisión del fondo que realizará la SCJN.

El funcionario subrayó que mientras no se resuelva el caso, la comisión tiene por Ley una serie de facultades que puede y debe ejercer independientemente de la resolución de la controversia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“Ello explica, por ejemplo, que podamos haber lanzado la encuesta sobre la banda de 700 Megahertz, que ya estemos trabajando en la adecuación de la política de 2004. Es decir, hay ciertas cosas que podrán seguir avanzando”.

Dijo que el órgano regulador acatará y respetará como siempre cualquier resolución del poder Judicial, sin embargo, le resulta difícil entender el argumento de que el presidente de la República no pueda emitir un decreto como el del pasado 2 de septiembre que adelanta la transición a la TV digital.

“En todo caso, la admisión permitirá a la SCJN entrar al fondo de la controversia, lo cual es bueno para todos pues nos brindará certeza. Lo que sí creo es que hay inconsistencias pues me parece difícil entender que la radiodifusión sea una facultad exclusiva, no compartida con el Ejecutivo”.

El 29 de octubre pasado, el órgano regulador presentó dos recursos de reclamación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por admisión de la controversia y suspensión del decreto que adelanta al año 2015 el “apagón analógico”.

Sin embargo, este miércoles la corte confirmó que sí proceden los juicios promovidos por el Congreso de la Unión contra el decreto presidencial y reiteró que los recursos de reclamación del Ejecutivo y de la comisión son “notoriamente improcedentes”.