“Para ello, la bancada de Encuentro Social planteó una propuesta en tiempo y forma, pero la falta de voluntad política de los grupos parlamentarios la atoró”, añadió en un comunicado.
El líder parlamentario se refirió a la propuesta que hicieran líderes de otros grupos políticos, sobre destinar parte del dinero del financiamiento público a partidos políticos para labores de ayuda humanitaria que mitiguen los estragos de sismos y huracanes.
Explicó que siempre se debe considerar la legalidad y constitucionalidad de los actos que realicen partidos e instituciones políticas.
“Si el líder de alguna fuerza política hace gala de su desconocimiento y desprecio por las leyes y las instituciones, allá él. Lo que no es correcto es exhibir oportunismo político y engañar a la gente. Llamar a inobservar la legalidad no debería ser tan rentable políticamente”, precisó.
Explicó los requisitos específicos que debe cumplir una reforma constitucional en temas electorales y de partidos.
Apuntó que el artículo 41 constitucional, en sus incisos A, B y C, dicta cómo debe ser el financiamiento público a los partidos políticos para sus actividades ordinarias, de difusión y para campañas electorales.
El artículo 105, fracción II, estipula que las leyes en materia electoral deberán ser promulgadas y publicadas 90 días antes de que inicie el proceso electoral y durante el proceso electoral no podrá haber modificaciones sustanciales a la legislación.
“Esto cobra relevancia toda vez que el 8 de septiembre pasado arrancó el proceso electoral 2018”, añadió.