El dictamen, avalado con 416 votos y remitido al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales, también sustituye “gobiernos de los estados y de la Ciudad de México” por “entidades federativas”.
El documento señala que la finalidad de las modificaciones es adecuar el lenguaje jurídico, el cual es esencial para la seguridad que la ley debe proveer en cualquier Estado de derecho.
Ante ello, se reforman los artículos 63 y 74 Ter de la Ley de Caminos y Puentes Federal; artículo 2 de la Ley del Registro Público Vehicular, y el artículo 6 Bis de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
También se agrega un transitorio para precisar que se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto, con lo cual se brinda mayor congruencia al texto de la norma.