Analizará Senado nueva Ley para sancionar trata de personas

El Senado de la República recibió de la Cámara de Diputados el proyecto de decreto que expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

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Cámara de Senadores.

Con el nuevo ordenamiento se prevé penalizar  la explotación de personas con prisión de cinco hasta 40 años y establece mecanismos para el resarcimiento y reparación del daño, un programa para la protección de víctimas y testigos, así como un fondo federal para su atención.

 Además, faculta al Ministerio Público y a los policías a que inicien de oficio la indagatoria por los delitos tipificados como trata de personas y junto con los poderes judiciales de los tres niveles de gobierno  brinden a los ofendidos asistencia, seguridad y acceso a la justica.

 Entre otras sanciones, se aplicará una pena de 20 a 40 años de cárcel y de 2,000 a 30,000 días de multa, al que realice explotación sexual aprovechándose de la relación matrimonial o concubinato y en todos los casos en que se acredite esta conducta se declarará nulo el matrimonio.

 Para el padre, madre, tutor o persona que entregue o reciba de forma ilegal, irregular, o incluso mediante la adopción, a una persona menor de dieciocho años con el fin de abusar o explotarla propone un castigo de 20 a 40 años de prisión y de 2,000 a 20,000 días de multa.

 El proyecto de Ley también plantea prisión de 15 a 25 y de 1,000 a 20,000 días multa, al que promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del territorio nacional con la finalidad de que realicen cualquier tipo de actos sexuales, reales o simulados.

 Del mismo modo, establece de 10 a 20 años de cárcel y de 1,000 a 20,000 días multa para quien “enganche, transporte, transfiera, retenga, reciba, acoja o entregue, para sí o para un tercero a una o varias personas con fines de explotación”.

 También tipifica los delitos de trata de personas como explotación laboral, trabajos o servicios forzados, explotación de la prostitución u otras formas de explotación sexual, matrimonios forzados o serviles, esclavitud o prácticas afines o similares a la esclavitud, servidumbre, adopciones ilegales, corrupción de personas menores de 18 años.

 A ello se agrega el turismo sexual infantil, pornografía infantil, explotación de la mendicidad ajena y alquiler de personas con el mismo fin, venta de personas, o tráfico de órganos, tejidos o sus componentes.

El proyecto, que fue turnado a las comisiones de Justicia y de Estudio Legislativos, Primera, también reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, los códigos Federal de Procedimientos Penales y  Penal Federal, así como la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la de la Policía Federal y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.