El Pleno avaló el proyecto de sentencia elaborado por la Ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera, en el que se propuso confirmar la sentencia, dado que el acto primigeniamente impugnado no origina por sí mismo un agravio irreparable al partido político actor, y podría resultar favorable al ahora demandante la resolución que en su oportunidad emita el Consejo General del IEEM.
Durante la sesión pública, la Sala Superior resolvió 4 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 3 juicios de revisión constitucional electoral y 1 recurso de revisión, que hacen un total de 8 medios de impugnación.