Existen diversos países en el mundo donde la solución a la controversia, entre la aplicación de una tasa general del IVA frente a la aplicación de una tasa de 0 por ciento en alimentos y medicinas, se ha resuelto mediante la aplicación de una tasa reducida que pretende favorecer el tratamiento en el impuesto a las enajenaciones de unos productos que podrían tener un impacto social y, adicionalmente sea efectiva desde un punto de vista recaudatorio.
En México, una de las principales discusiones planteadas hace más de una década, trata sobre la implementación del IVA generalizado de 16 por ciento, que implicaría gravar alimentos y medicinas a la mencionada tasa. Este tema se ha polarizado entre los partidarios de que la tasa del IVA aplicable a estos productos se mantenga en 0 por ciento y aquellos que, por diversas razones, defienden que las enajenaciones de ambos se graven a la tasa general. Las conclusiones de nuestro análisis comparativo aplicado a 75 países fueron:
- En el caso de los alimentos, 66 por ciento de los países gravan a una tasa de impuesto al consumo distinta de 0 por ciento, siendo 68 por ciento en el caso de las medicinas. Si se considera la tasa de gravamen promedio aplicable a alimentos y medicinas, la misma se sitúa también en 11 por ciento en el caso de los alimentos y, 10 por ciento en el caso de las medicinas.
- Alimentos y medicinas se gravan con una tasa reducida distinta de la tasa general, los porcentajes son: 41 por ciento y 40 por ciento, respectivamente. La tasa reducida promedio aplicable es de 9 por ciento en el caso de los alimentos y 7 por ciento en el caso de las medicinas.
- Las conclusiones anteriores se hacen más visibles si consideramos áreas regionales tales como Europa donde 66 por ciento de los países analizados de esa zona gravan los alimentos con una tasa reducida, siendo el porcentaje de 72 por ciento en el caso de las medicinas. En ese grupo de países, la tasa reducida promedio aplicable se sitúa también en 9 por ciento en el caso de los alimentos y 7 por ciento en el caso de las medicinas.
- La tendencia no se desvirtúa si tomamos como muestra los países miembros de la OCDE, 58 por ciento de estos grava los alimentos con una tasa reducida, siendo 55 por ciento el porcentaje para el caso de las medicinas. En ese grupo de países, la tasa reducida promedio aplicable a estos productos se sitúa en 9 por ciento para los alimentos y 7 por ciento en el caso de las medicinas.
Muchos países han resuelto la controversia planteada, entre la aplicación de una tasa de IVA general versus la aplicación de una tasa de 0 por ciento a la hora de gravar en ese impuesto a alimentos y medicinas, mediante la aplicación de una tasa reducida que pretende favorecer el tratamiento en el IVA de las enajenaciones de unos productos que podrían tener un impacto social. La solución ha sido efectiva desde un punto de vista recaudatorio, lo que podría motivar un cambio de planteamiento en la perspectiva que actualmente se considera en México respecto a este debate.