Precisa que esta medida aplica además para la flota cerquera de bandera mexicana que capturen dichas especies en la altamar y aguas jurisdiccionales extranjeras que se encuentran en el área de regulación de la CIAT.
La Sagarpa, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), se encarga de administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos acuáticos al ordenar las actividades de quienes intervienen en ella y establecer las condiciones en que deberán realizarlas.
El aprovechamiento de las especies de atún aleta amarilla (Thunnus albacares), patudo u ojo grande (Thunnus obesus), aleta azul (Thunnus orientalis) y barrilete (Katsuwonus pelamis) en aguas de jurisdicción nacional del Océano Pacífico Mexicano y en internacionales del Océano Pacífico Oriental (OPO) por embarcaciones de bandera mexicana, genera una derrama económica relevante para el país.
La pesquería de túnidos igualmente contribuye a la producción de alimentos para el consumo interno y a la generación de empleos, tanto en su fase extractiva como en las de procesamiento y comercialización.
En el documento, se establecen las particularidades de la veda temporal para la pesca comercial de los túnidos con embarcaciones de bandera mexicana de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo que utilizan redes de cerco, en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico.
Las vedas corresponden a los siguientes periodos:
- De las 00:00 hrs. del día 29 de julio hasta las 24 hrs. del día 28 de septiembre, para los años 2015 y 2016.
De forma alternativa, los titulares de permisos o concesiones se podrán sujetar a los siguientes períodos de veda, cuando obren causas de fuerza mayor:
- De las 00:00 hrs. del día 18 de noviembre de 2015 hasta las 24:00 hrs del día 18 de enero de 2016.
- De las 00:00 hrs del día 18 de noviembre de 2016 hasta las 24 hrs del día 18 de enero de 2017.