En apego al artículo primero constitucional y a los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por México, el Senado de la República está en posibilidad de adoptar las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas, mediante cualquier forma de comunicación que elijan.
La Reforma en Telecomunicaciones es una oportunidad histórica para avanzar en la cultura de la no discriminación y buscar la igualdad de las personas en su acceso a la información, a la comunicación y a las nuevas tecnologías en condiciones de igualdad, tal cual lo establece la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Dicho tratado, ratificado en 2008 por el propio Senado de la República, establece la obligación del Estado mexicano para garantizar el acceso igualitario de todas las personas a la informaciones y comunicaciones, así como de promover las medidas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información, eliminando las barreras a las que se enfrentan las personas con discapacidad.
La Ley Secundaria, como lo indica la Convención, ha de tomar en cuenta los ajustes razonables y el diseño universal mediante los cuales se busca la eficiencia y la inclusión, pero además establecer el principio de equivalencia, que significa que todas las personas puedan acceder y aprovechar la tecnología y las telecomunicaciones sin discriminación.
Igualmente importante es el principio de transversalidad como uno de los factores clave para el éxito de la inclusión digital, para que todas las autoridades tomen en cuenta la opinión y necesidades de las personas con discapacidad, cuando estén diseñando, desarrollando e implementando políticas y programas en telecomunicaciones y radiodifusión.
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) y su Asamblea Consultiva confían en que el debate y decisiones del Senado de la República fortalezcan los derechos de inclusión de las personas con discapacidad, dando condiciones, de manera progresiva, a la garantía de los derechos que ya están reconocidos, de tal manera que se fortalezca el objetivo síntesis del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, de hacer de México una sociedad de derechos.