Instruye IFAI a PGR entregar estadísticas de averiguaciones sobre delitos contra indocumentados

Los datos solicitados por una particular, mediante dos peticiones de acceso a la información, deberán ser desglosados, en forma cuantitativa, de acuerdo con la etapa procesal en que se encuentran dichas indagatorias.

Etiquetas: 

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) instruyó a la Procuraduría General de la República (PGR) efectuar una búsqueda exhaustiva y entregar la información sobre el total de averiguaciones previas que se han iniciado de entre el 1 de enero de 2000 y el 6 de diciembre de 2010 por la sustracción, tráfico, transporte, comercialización, venta, trata, secuestro, extorsión y/o asesinato de indocumentados, desglosadas, aún en forma cuantitativa, señalando la situación en en que se encuentran.

Los datos solicitados por una particular, mediante dos peticiones de acceso a la información, deberán ser desglosados, en forma cuantitativa, de acuerdo con la etapa procesal en que se encuentran dichas indagatorias.

Adicionalmente, la Procuraduría deberá dar a conocer el número de averiguaciones previas de aquellos casos en los que se haya determinado el no ejercicio de la acción penal y haya transcurrido un plazo igual al de la prescripción de los delitos de que se trate, de conformidad con el Código Penal Federal.

En su respuesta, la PGR había señalado que la Unidad de Enlace no es el medio idóneo para solicitar información contenida en averiguaciones previas.

Su argumento fue que el Código Federal de Procedimientos Penales establece que al expediente de averiguación previa, únicamente tendrán acceso el inculpado y/o su defensor y la víctima y/o su representante legal, por lo que orientó a la recurrente a acudir ante el Agente del Ministerio Público de la Federación.

Inconforme, la particular impugnó la negativa de la dependencia para proporcionarle la información y presentó dos recursos de revisión ante el IFAI, los cuales fueron turnados a la ponencia de la Comisionada María Elena Pérez-Jaén Zermeño.

En alegatos, la PGR envió al IFAI las respuestas proporcionadas por las unidades administrativas a las que turnó el requerimiento de la particular, las cuales contienen diversas cifras relacionadas con los delitos señalados en la solicitud de información.

Sin embargo, manifestó que no podía proporcionar esta información a la recurrente, ya que al estar relacionada con averiguaciones previas, la misma se encuentra reservada con fundamento en el artículo 14, fracciones I y III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales.

Durante la sustanciación de los recursos, la Comisionada Pérez-Jaén señaló que la particular requirió información relacionada con el ejercicio de las atribuciones de la PGR, que no forma parte de una averiguación previa específica, por lo que concluyó que el señalamiento de ésta, en cuanto a que la Unidad de Enlace no es la instancia idónea para solicitar esta información, resulta inoperante ya que el requerimiento es una solicitud de acceso a la información pues la Procuraduría General de la República cuenta con la información solicitada en sus archivos.

Por otro lado, mencionó que la PGR al menos cuenta con información estadística, por medio de la cual puede señalarse la cantidad total de averiguaciones previas que se han llevado a cabo respecto de un delito en específico, así como el estado en que las mismas se encuentran; datos de carácter cuantitativo y estadístico con los cuales se puede atender la petición de la solicitante.

Reiteró que la información estadística es de naturaleza pública, independientemente de la materia con la que se encuentre vinculada, y, por tanto, concluyó que esta no puede ser considerada como reservada, debido a que se trata de datos estadísticos.

Po lo tanto, se determinó que la información proporcionada por cada una de las unidades administrativas para dar respuesta a la solicitud de información no puede ser considerada como reservada, ya que no hace alusión a averiguación previa alguna, ni a los documentos que podrían integrarla, pues se reitera que se trata de datos meramente estadísticos.

Entre la información que la PGR entregó en sus alegatos, se encuentra la proporcionada por su Unidad Especializada en Investigación de Tráfico de Menores, Indocumentados y Órganos, la cual indicó que existen en total 147 averiguaciones previas iniciadas por el delito de tráfico de indocumentados, de las cuales 79 están en trámite, 28 han sido consignadas, 19 incompetencias, 13 en reserva, 4 fueron acumuladas y 4 se autorizaron para no ejercicio de la acción penal.

En tanto que su Unidad Especializada en Investigación de Secuestro señaló que se abrieron 17 averiguaciones previas por secuestro y homicidio de indocumentados; ambas unidades administrativas no precisaron fechas.

Así, el pleno del IFAI acordó modificar la respuesta de la PGR y le instruyó realizar una nueva búsqueda de la información en todas y cada una de las unidades administrativas, en la que no podrá omitir al Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia.