La medida aplica desde las 00:00 horas y hasta las 24:00 horas los días 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre en los establecimientos mercantiles ubicados en esa zona.
Es decir vinaterías, supermercados, tiendas de abarrotes, de autoservicio, departamentales; y en cualquier otro comercio similar o que se instalen temporalmente con motivo de ferias, festividades y tradiciones populares en la vía pública.
También se aplica en otros giros como restaurantes y establecimientos de hospedaje, así como a las cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier otro similar.
Además está prohibida la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.
El Gobierno capitalino informa que las violaciones a este acuerdo serán sancionadas conforme a las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.