No se pagarán los gravámenes al comercio exterior por su entrada o salida del territorio nacional, y la regularización de su importación será atendiendo las características previstas.
Lo anterior, de conformidad con el TLCAN y el Decreto del Ejecutivo que establece que a partir del 1o. de enero de 2009 y gradualmente hasta el año 2019, México no podrá adoptar ni mantener una prohibición o restricción a la importación de vehículos usados, provenientes de Canadá o de Estados Unidos, en función del año modelo de antigüedad. Asimismo, de acuerdo con el Anexo 302.2 del propio Tratado, que prevé una desgravación progresiva de aranceles a bienes originarios, incluidos los vehículos usados.
La legisladora refirió que el costo para realizar la importación de dichos vehículos usados está compuesto por diversos gravámenes y derechos, tales como el Impuesto General de Importación, el Impuesto al Valor Agregado, el Derecho de Trámite Aduanero, los costos de prevalidación y los honorarios del agente aduanal que realiza el trámite, entre otros, lo cual resulta ser muy alto y difícil de cubrir por los ciudadanos.