Lo anterior, por la presunta contratación o adquisición de tiempo en un programa de televisión transmitido el 21 de junio pasado por el canal 44, con cobertura en dicha localidad.
En sesión extraordinaria urgente y con el voto unánime de los consejeros Adriana Favela, Claudia Zavala y Benito Nacif, dicha Comisión emitió la improcedencia de la medida cautelar solicitada.
Esto, explicó, debido a que el programa denunciado fue transmitido el 21 de junio pasado y no se tiene constancia de que actualmente sea difundido o retransmitido, por lo que se trata de actos consumados e irreparables.