Aprueban en lo general la reforma educativa; crea Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación

La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó el día de ayer en lo general, con 26 votos a favor, dos en contra y cero abstenciones, el dictamen que reforma los artículos 3° y 73 de la Carta Magna, en materia educativa.

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Aprueban en lo general la reforma educativa; crea Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

El presidente de la comisión, Julio César Moreno Rivera (PRD), dio por terminada la reunión iniciada a las 19:20 horas y citó para hoy jueves a las 10:30 horas para discutir en lo particular cerca de 30 artículos reservados por diputados del PAN, PRD, PVEM, PT, Movimiento Ciudadano y Nueva Alianza.

La reforma educativa plantea la creación del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y establece las reglas del ingreso al servicio docente y la promoción a cargos.

Para tal efecto se adiciona un párrafo segundo a la fracción tercera del artículo 3°, donde se mandata que el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado se llevarán a cabo mediante concursos de oposición.

Se establece que la ley reglamentaria de este artículo fijará los términos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio, en lo que sería el servicio profesional de carrera.

Sobre la creación del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación se anexa una fracción IX al citado artículo, donde se señala que será un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Le corresponderá al Instituto evaluar el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior.

La reforma establece que la Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto.

Se integrará por cinco miembros designados por el Ejecutivo Federal, con la aprobación, dentro del plazo de treinta días naturales, de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, durante los recesos de ésta, de la Comisión Permanente.

Si dentro de dicho plazo la Cámara de Senadores no se pronuncia sobre la designación de algún miembro de la Junta de Gobierno, se tendrá por ratificada la efectuada por el Ejecutivo Federal.

En caso de que en la votación no se reúna la mayoría requerida, el Ejecutivo Federal deberá someter a aprobación una nueva designación.

Si respecto de esta segunda designación no existe pronunciamiento, la misma se entenderá aprobada, y si sometida a votación no se reúne la mayoría requerida, el Ejecutivo Federal designará directamente a otra persona.

Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto y cumplir los requisitos que establezca la ley, desempeñarán su encargo por períodos de siete años en forma escalonada y podrán ser reelectos por una sola ocasión.

Sólo podrán ser removidos por causa grave y no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquéllos en que actúen en representación del Instituto y de los no remunerados en actividades docentes, científicas, culturales o de beneficencia.

Mediante un artículo transitorio segundo, los diputados avalaron que las primeras designaciones de los miembros de la Junta de Gobierno serán dos personas por un periodo de cinco años, dos por seis y dos por siete años, a fin de que la renovación sea escalonada. El primer presidente de la Junta de Gobierno del Instituto durará en su encargo cuatro años.

El Congreso de la Unión deberá expedir la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, así como las reformas a la Ley General de Educación correspondientes, a más tardar en un plazo de seis meses contado a partir de la fecha de publicación del decreto.