Niega el poder judicial federal otro amparo en torno a la huelga de cananea

Se confirma la actuación de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. La huelga dejó de tener efectos a partir de la terminación de las relaciones de trabajo.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informa, que el día de hoy se publicó en la página electrónica del Consejo de la Judicatura Federal, el resultado del juicio de amparo que promovió el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Sindicato Minero), en contra de la resolución de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en la que, el pasado 4 de junio de 2010, determinó que al no existir relaciones de trabajo en la mina, la huelga estallada por el Sindicato Minero había dejado de tener efectos.

Como se recordará, el 14 de abril de 2009 la JFCA declaró terminadas las relaciones de trabajo, así como el Contrato Colectivo de Trabajo que existía entre la empresa Mexicana de Cananea, S.A. de C.V. y el Sindicato Minero.

Lo anterior, en virtud de haberse acreditado la destrucción y daños ocasionados a la mina durante una huelga que se prolongó por casi tres años, lo que constituyó una causa de fuerza mayor no imputable al patrón. Esta resolución de la JFCA, fue validada en todas las instancias por el Poder Judicial Federal, ya que el Sindicato Minero agotó, sin éxito, todos los recursos jurídicos a su alcance, incluso la revisión y reclamación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Al haberse confirmado la terminación de las relaciones de trabajo, el 4 de junio de 2010, la JFCA declaró que la huelga que el Sindicato Minero había estallado desde el 30 de julio de 2007, carecía de materia y resolvió que la misma dejó de tener efectos a partir de la fecha en que se dieron por terminadas las relaciones de trabajo (14 de abril de 2009).

Inconforme con esta determinación, el Sindicato Minero interpuso un juicio de amparo del que conoció el Juzgado Quinto en Materia de Trabajo del Distrito Federal, el cual celebró la audiencia constitucional el 23 de diciembre de 2010 y el día de hoy, después de casi tres meses de analizar el asunto, publicó en su lista de notificaciones el resultado de dicho juicio de garantías, en el que resolvió negar el amparo y protección de la justicia federal al Sindicato Minero.

Esta determinación del Poder Judicial Federal, que si bien es susceptible de recurrirse, confirma la actuación de la JFCA en el asunto de Mexicana de Cananea, S.A. de C.V.