La Sección 609 prohíbe la importación de camarones y productos de camarón recolectados de formas que puedan afectar negativamente a las especies de tortugas marinas. Esta certificación, que permite nuevamente la importación de camarones capturados en la naturaleza a los Estados Unidos desde México de conformidad con la Sección 609, se basa en la determinación de que el programa de dispositivos excluidores de tortugas (TED) de México es nuevamente comparable en efectividad al programa de los Estados Unidos.
Estados Unidos y México han estado trabajando en estrecha cooperación en la conservación de las tortugas marinas, así como en una variedad de cuestiones bilaterales de pesca y conservación marina. El Gobierno de México implementó un plan de acción en los últimos meses para fortalecer la conservación de tortugas marinas en sus pesquerías de arrastre de camarón, lo que resultó en un uso significativamente mejorado de los DET por parte de su industria pesquera, según lo verificado por un equipo de representantes del Departamento de Estado y Nacional. Servicio de Pesca Marina.
El gobierno de los Estados Unidos está proporcionando tecnología y asistencia para el desarrollo de capacidades a otras naciones para contribuir a la recuperación de las especies de tortugas marinas y ayudarlas a recibir la certificación bajo la Sección 609. Cuando se diseñan, construyen, instalan, usan y mantienen adecuadamente, los DET permiten el 97 por ciento de tortugas marinas para escapar de la red camaronera sin pérdida apreciable de camarones. El gobierno de los Estados Unidos también alienta la legislación en otros países para prevenir la importación de camarones capturados de una manera dañina para las tortugas marinas protegidas.