Estas pólizas médicas cubren una amplia gama de padecimientos y emergencias médicas que pueden presentarse pero, ¿qué sucede con las intervenciones médicas que no son necesariamente por salud, sino por estética?
Estamos hablando de las cirugías plásticas o estéticas, las cuales son cada vez más comunes en México, pues según datos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), México ocupa el tercer lugar a nivel mundial en cuanto a número de cirugías estéticas realizadas al año.
Sin embargo, al tratarse de intervenciones con fines estéticos, éstas no están contempladas en la mayoría de los seguros médicos, lo cual siempre queda expresado en las cláusulas que comprenden la póliza.
No obstante, hay algunas excepciones a estos casos, sobre todo cuando dichas cirugías de carácter estético son necesarias para la salud de las personas o cuando las situaciones por las que se requieren están incluidas dentro de los términos y condiciones del contrato.
El sitio comparador de seguros, Ahorraseguros.mx señala cuáles son las principales coberturas que incluyen las cirugías estéticas y en qué casos aplican:
Cirugías estéticas por accidentes o padecimientos
Uno de los principales casos en los cuales los seguros dan cobertura a los procedimientos estéticos es cuando se trata de cirugías de carácter reconstructivo, es decir, cuando el paciente la requiere por haber sufrido un accidente o enfermedad que afecte de forma considerable su apariencia física o que represente riesgos para su salud y bienestar.
Esto aplica en casos de accidentes automovilísticos, quemaduras, accidentes laborales, entre otros, sin embargo, varía de acuerdo a la cobertura contratada y la compañía aseguradora.
Entre las coberturas que esta protección llega a incluir se encuentran:
● Corrección de cicatrices
● Reconstrucción de tejidos
● Reducción de senos si causan problemas físicos o malestares
● Reconstrucción de miembros
Rinoplastia o cirugía de nariz
Este tipo de cirugía generalmente se realiza en los pacientes que desean cambiar el tamaño o la forma de su nariz por razones estéticas, pero en muchos casos también llega a ser necesaria cuando el paciente tiene el tabique desviado o existe alguna malformación que obstaculiza el paso del aire al respirar.
En estos casos el seguro puede hacer válida la cirugía; no obstante, se tiene que demostrar que se llevará a cabo por motivos de salud, además para hacer válido el seguro se deberán anexar radiografías y estudios médicos que respalden la necesidad de la intervención quirúrgica.
También se debe tomar en cuenta que para que el seguro cubra este tipo de cirugías se debe contar con una póliza de al menos 2 años de antigüedad y se deberá pagar el deducible más un coaseguro del 30% aproximadamente.
Cirugía bariátrica
Si bien no es como tal una cirugía estética, lo cierto es que muchos pacientes en la actualidad recurren a este método para bajar de peso con motivos estéticos, por lo cual no está cubierta en el seguro de gastos médicos mayores.
Sin embargo, cuando es por cuestiones de salud, muchas aseguradoras hacen válido el respaldo económico para este tipo de intervenciones. Para esto se requiere:
● Contar con una antigüedad mayor a 4 años (en la mayoría de los casos)
● Costear el deducible y el coaseguro
● Tener una enfermedad relacionada directamente con el sobrepeso
Coberturas estéticas adicionales en tu seguro
Ante la alta demanda de servicios médicos de tipo estético, muchas aseguradoras ofrecen la opción de contratar coberturas adicionales a fin de que se amparen procedimientos estéticos específicos como:
● Oftalmología
● Ortodoncia por accidentes
● Dermatología