La nueva regulación establece que toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada, cuyo ejercicio deberá ser garantizado por el Estado. De acuerdo con la ley, la alimentación adecuada comprende el derecho al agua inocua tanto para consumo humano como para preparar alimentos.
Se establece que el Estado deberá garantizar el derecho a la alimentación a grupos en situación de vulnerabilidad. Sobre las canastas básicas, el documento indica que estas deberán contar con maíz, frijol, amaranto, arroz y trigo como elementos mínimos. También considera como prioritaria la producción familiar o comunitaria de alimentos para el autoconsumo.
En su capítulo quinto se enfoca en las declaratorias de emergencia alimentaria, las cuales ocurrirán cuando la población se vea impedida de hacer efectivo ejercicio del derecho a la alimentación, por la ocurrencia de fenómenos naturales o antropogénicos que afecten de forma generalizada el abasto regular de alimentos; en este capítulo se indica que deberán destinarse recursos a hacer frente a las emergencias alimentarias.
También se señala la creación de una Comisión Intersecretarial del Derecho a la Alimentación Adecuada Federal, la cual será la encargada de programar, ejecutar, supervisar y evaluar las decisiones relativas a la Política Nacional Alimentaria.
El documento avalado fue enviado al Senado para su análisis.